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Recurrir una absolución en violencia de género: la acusación no puede pedir condena directa en apelación (SAP Barcelona 22ª, 216/2026 · Sabadell)

En dos frases: cuando la acusación recurre una sentencia penal absolutoria alegando error en la valoración de la prueba, la Audiencia no puede dictar directamente una condena; a lo sumo puede anular la sentencia y devolver el caso al juzgado, y para ello la acusación debe pedir expresamente esa anulación. Como aquí la acusación pidió que la Audiencia condenara sin instar la nulidad, el recurso se desestima y la absolución queda firme.

Resumen divulgativo elaborado por el equipo de Abogados de Sabadell a partir del texto de la resolución. No sustituye la lectura del original ni constituye asesoramiento jurídico.

Ficha de la resolución

  • Órgano y sede: Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 22ª (sede en Barcelona).
  • Tipo y número: Sentencia núm. 216/2026, de 4 de mayo de 2026.
  • Recurso: apelación de juicio rápido núm. 26/2026.
  • Procedencia: Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Sabadell, Plaza nº 4 (antiguo Juzgado de lo Penal nº 4 de Sabadell), Juicio Rápido 65/2025.
  • Ponente: Javier Ruiz Pérez.
  • Identificación: ROJ SAP B 4829/2026 · ECLI:ES:APB:2026:4829.
  • Materia: recurso de la acusación frente a sentencia absolutoria; límites de la apelación (art. 792.2 LECrim); malos tratos en el ámbito de la violencia de género (art. 153 CP).

Qué resuelve

La Audiencia desestima el recurso de apelación de la acusación particular y confirma la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Sabadell, con declaración de oficio de las costas de la alzada. Contra la resolución cabe únicamente recurso de casación ante el Tribunal Supremo por el motivo del art. 849.1º LECrim.

El caso

El asunto parte de una relación sentimental que terminó a finales de 2024. La persona acusada fue enjuiciada por un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género (art. 153.1 y 3 del Código Penal) y el Juzgado de lo Penal nº 4 de Sabadell dictó sentencia absolutoria. La acusación particular recurrió alegando un único motivo —«error en la apreciación de la prueba»— y solicitó que la Audiencia dictara directamente una sentencia condenatoria, con penas de trabajos en beneficio de la comunidad, prohibición de tenencia de armas y prohibición de aproximación y comunicación.

La Sala recuerda el régimen de los artículos 792.2 y 790.2 (párrafo tercero) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: una sentencia absolutoria no puede convertirse en condenatoria en la segunda instancia por una simple revaloración de la prueba. Cuando la acusación entiende que hubo error probatorio, lo que puede pedir es la anulación de la sentencia para que el caso vuelva al juzgado de origen, justificando la insuficiencia o falta de racionalidad de la motivación fáctica, el apartamiento de las máximas de experiencia o la omisión de todo razonamiento sobre pruebas relevantes.

En este procedimiento la acusación no solicitó esa anulación, sino directamente la condena. Y, conforme al art. 240.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el tribunal no puede decretar de oficio una nulidad que no se ha pedido en el recurso. Al no cumplirse los requisitos procesales, la Audiencia desestima el recurso sin entrar en el fondo y mantiene el relato de hechos probados y la absolución.

Por qué interesa

La resolución es un recordatorio de que, en materia penal, la forma de plantear el recurso condiciona el resultado tanto como el fondo. Recurrir una absolución no es lo mismo que recurrir una condena: frente a la absolución la revisión es muy limitada y la vía correcta pasa por pedir la anulación, no la condena directa. Es información útil tanto para quien ejerce la acusación en casos de violencia de género como para la defensa penal. Si necesita orientación, puede consultar el directorio de abogados de Sabadell.

Preguntas frecuentes

¿Puede la Audiencia condenar a alguien que fue absuelto en primera instancia?

No mediante una nueva valoración de la prueba. La ley impide agravar o convertir en condena una absolución por ese motivo; solo cabe anular la sentencia y devolver el asunto al juzgado.

¿Qué debe pedir la acusación al recurrir una sentencia absolutoria?

La anulación de la sentencia, justificando la falta de racionalidad o la insuficiencia de la motivación de los hechos, no directamente que se dicte una condena en apelación.

¿Qué ocurre si la acusación solo pide que se condene?

Que el recurso se desestima por no cumplir los requisitos procesales, y la absolución queda confirmada, como sucedió en este caso.

Texto íntegro

Puede consultar la resolución completa en el buscador de jurisprudencia del CENDOJ (ROJ SAP B 4829/2026).

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Este resumen tiene finalidad divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso requiere análisis individual por un profesional. Si usted o alguien de su entorno sufre violencia de género, puede llamar de forma gratuita y confidencial al 016 (atención 24 horas), disponible también por WhatsApp (600 000 016) y en el correo 016-online@igualdad.gob.es.

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