Ruptura de pareja: el anillo de compromiso es un regalo que no se devuelve (SAP Barcelona, Secc. 14ª, 337/2026, procedente de Sabadell)
En dos frases: la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 14ª) confirma una sentencia del Tribunal de Instancia de Sabadell y desestima la reclamación de un hombre a su expareja por 12.125 €. El anillo de compromiso se considera un regalo (liberalidad) que no hay que devolver, el dinero que aportó el padre no lo puede reclamar el hijo por falta de legitimación, y el reconocimiento de deuda quedó neutralizado por gastos e impagos pactados como excepción.
Resumen divulgativo de una resolución judicial pública. No sustituye el asesoramiento de un abogado ni reproduce el texto oficial.
Ficha de la resolución
- Órgano y sede: Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 14ª (civil), sede en Barcelona.
- Tipo y número: Sentencia núm. 337/2026, de 27 de mayo de 2026.
- Recurso: apelación 840/2023.
- Procedencia: Sección Civil del Tribunal de Instancia de Sabadell, plaza nº 1 (juicio ordinario 1633/2019).
- Ponente: Ilma. Sra. Montserrat Hernando Vallejo.
- ROJ: SAP B 3891/2026 · ECLI: ES:APB:2026:3891.
- Materia: reclamación de cantidad tras la ruptura de una pareja.
Qué resuelve
La Audiencia desestima íntegramente el recurso del demandante y confirma la sentencia del Tribunal de Instancia de Sabadell, que ya había absuelto a la mujer. Le impone las costas de la apelación y la pérdida del depósito. Frente a la sentencia cabe recurso de casación si concurre interés casacional.
El caso
Tras romper su relación, el hombre reclamó a su expareja 12.125 € por tres conceptos: un reconocimiento de deuda de 3.500 €, un préstamo de 7.500 € que había hecho su padre a la pareja, y el valor del anillo de compromiso (1.125 €).
La sentencia analiza cada partida. El reconocimiento de deuda incluía expresamente descuentos por los gastos de suministros e hipoteca impagados por el actor entre noviembre de 2017 y marzo de 2018 y por los desperfectos de la vivienda; acreditados esos importes, la deuda quedaba neutralizada. Sobre el préstamo de 7.500 €, la Audiencia aprecia falta de legitimación activa: el dinero lo ingresó el padre del actor, que sería en su caso el legitimado para reclamar, y no se probó que existiera obligación de devolverlo. Y respecto del anillo de compromiso, concluye que fue un acto de liberalidad —un regalo— sin derecho a restitución, sin que se acreditara ni su valor ni que siguiera en poder de la demandada.
El recurso se basaba en un supuesto error en la valoración de la prueba, pero la Audiencia recuerda que esa valoración corresponde al juez de instancia y que en este caso no fue ilógica, arbitraria ni contraria a las reglas de la sana crítica.
Por qué interesa
Es un caso muy cotidiano que llega a los tribunales de Sabadell: qué se puede reclamar cuando una pareja de hecho se rompe. La sentencia deja tres criterios útiles en materia civil y de familia: los regalos hechos por afecto (como el anillo) no se recuperan; quien reclama un préstamo debe ser quien realmente entregó el dinero y probar el pacto de devolución; y un reconocimiento de deuda vale con sus condiciones, incluidas las que reducen o extinguen el importe. Si atraviesas una separación con cuentas pendientes, un abogado del directorio de Abogados de Sabadell puede valorar qué es reclamable.
Preguntas frecuentes
Al romper la relación, ¿tengo que devolver el anillo de compromiso?
Según esta resolución, no: el anillo de compromiso se considera un regalo (acto de liberalidad) y no genera obligación de restitución, salvo que se acredite otra cosa.
¿Puedo reclamar a mi expareja un dinero que le prestó un familiar mío?
El legitimado para reclamar es quien entregó el dinero. Si lo aportó tu padre, en principio es él quien debe reclamarlo, y además hay que probar que era un préstamo con obligación de devolución.
¿Sirve de algo un reconocimiento de deuda firmado por la pareja?
Sí, pero se aplica con las condiciones pactadas. Si el documento prevé descuentos por gastos o impagos, esos importes se restan y pueden dejar la deuda en cero.
Texto íntegro
Puedes consultar la resolución completa en el buscador del CENDOJ: SAP B 3891/2026 (CENDOJ).
¿Cuentas pendientes tras una ruptura en Sabadell?
Un abogado de derecho de familia o civil del directorio de Abogados de Sabadell puede decirte qué puedes reclamar y qué no.
Este artículo es un resumen divulgativo con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso requiere un análisis individualizado por un profesional colegiado.
